Respecto a la importación temporal de contenedores con mercancía de importación o vacíos para cargar mercancía de exportación, el retorno de los mismos y la transferencia dentro de territorio nacional, los cuales se deberá tramitar en el Portal del SAT, a través de la Ventanilla Digital , podrán optar por realizarlo mediante el formato “Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores” previsto en el Anexo 1 de las RGCE, publicado en el DOF el 30/06/2020.
Al respecto se dispone que opción podrá aplicarse del 23 de marzo de 2021 al 10 de mayo de 2021.
Importante: la tramitación de la “Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores” a través de la Ventanilla Digital, a que se refiere la citada regla, entraría en vigor a los tres meses siguientes a la publicación de la Resolución es decir el 22/03/2021. No obstante con lo dispuesto en la Quinta Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2020, el trámite se podrá realizar con el formato del Anexo 1 del 23/03/2021 al 10/05/2021.
Circular CAAAREM G-0116/2021
Cupo máximo al mes de marzo de 2021, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América
Se publicó el monto del cupo total al mes de marzo de 2021 para exportar a los EE.UU. azúcar originaria de México, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, en el periodo del 01 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021. Lo anterior de conformidad con el punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo de exportación de azúcar publicado en el D.O.F. 05/10/2017.
Monto del cupo: 841,94.910 toneladas métricas valor crudo.
Circular CAAAREM G-0121/2021
Listado IMMEX autorizadas para realizar operaciones sensibles
La SE a través de portal de SNICE (Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior), da a conocer el listado de empresas IMMEX autorizadas para realizar importaciones temporales y transferencias de mercancías consideradas como sensibles (Anexo II del Decreto IMMEX), actualizado al 26 de Marzo.
Circular CAAAREM G-0117/2021
Comité Nacional de Facilitación del Comercio
La Secretaria de Economía ha puesto a disposición de los usuarios de comercio exterior el micrositio del Comité Nacional de Facilitación del Comercio la cual puede ser consulta a través de la siguiente liga:
https://www.gob.mx/comitefacilitacioncomercio, en la cual podemos encontrar la siguiente información
Circular CAAAREM G-0120/2021
Información respecto al servicio Web unificado para el DODA y el número de integración del PITA
Referente a la implementación de un nuevo web service unificado en el que se puede generar, modificar, eliminar y consultar los DODA o los PITA, se comunica que que, a partir del 10/03/2021, se encuentra habilitado en ambiente de producción dicho servicio, por lo que ya pueden transmitir operaciones al amparo de las RGCE 2.4.11 “Despacho de mercancías mediante transmisión de información” y 3.1.33 “Despacho de mercancías sin presentación de las impresiones de pedimentos, aviso o copias simples”, para la presentación a la activación del Mecanismo de Selección Automatizado.
Las especificaciones para el desarrollo de las aplicaciones informáticas y para la utilización del servicio web unificado se encuentran en el Manual técnico WS Unificado DODA-PITA, así como los contratos, publicados en el portal de servicios de Aduanas en la dirección que a continuación
http://omawww.sat.gob.mx/aduanasPortal/Paginas/index.html#!/lineamientos
Por último informa que serán dados de baja las URL que actualmente se utilizan para generar el DODA QR y número PITA a partir del 10/06/2021.
Circular CAAAREM G-0118/2021
By xoyoc